IRPH

Abogados IRPH

En Cabrera Abogados tenemos claro que ningún banco te dio la oportunidad real como consumidor de elegir entre IRPF o cualquier otro índice, ni tampoco te explicó el verdadero funcionamiento e impacto oculto que tendría su aplicación, pues, saberlo, nadie lo habría escogido libremente. ¡Desde nuestro gabinete jurídico luchamos por darte toda la trasparencia que el banco no te dio! Ponte en contacto con nosotros a través de nuestra contratación online y regularizaremos tu préstamo.

Ahora sí puedes recuperar lo que te corresponde con nuestros abogados IRPH, pues al fin la Unión Europea nos da la oportunidad de poder reclamar IRPH en todas aquellas hipotecas que se han visto afectadas por él, pudiendo recuperar todo lo pagado de más si hubieras tenido otro índice no abusivo, como puede ser el EURIBOR.

¡Stop IRPH! Te ayudamos a reclamar IRPH

¿QUÉ REQUISITOS PARA DESGRAVAR LA HIPOTECA EN LA RENTA?

  • Que la vivienda sea tu residencia habitual
  • Haber comprado la vivienda antes del 1 de enero de 2013. En esta fecha se eliminó la deducción por lo que si no has aplicado esta deducción antes de la fecha señalada no puedes desgravarla en la declaración del IRPF.
  • Haber aplicado la deducción para desgravar la hipoteca en el ejercicio de 2012 o en los años anteriores, tal y como señala la agencia tributaria.

¿CUÁNTO ES LO MÁXIMO QUE SE PUEDE DESGRAVAR POR LA HIPOTECA?

La desgravación de la hipoteca se aplica en función de lo que hayas pagado anualmente por la amortización del préstamo bancario.

Puedes reducirte hasta un 15% del total que has ido devolviendo a tu banco, con un límite de 9.040€. Esto significa que lo que ahorras asciende como máximo a 1.356€ en la declaración del IRPF.

¿QUÉ GASTOS DE LA HIPOTECA SE PUEDEN DESGRAVAR?

Como sabemos, los gatos que se asocian a una hipoteca son varios y no corren a cuenta de la entidad bancaria sino, al contrario, corren a tu cuenta. Por ello, te puede surgir la duda de cuáles de los gastos son deducibles a la hora de hacer la declaración de la renta.

Los gastos que se pueden desgravar en la declaración de la renta siempre y cuando no excedan de la cantidad máxima de 9.040€ son los siguientes:

  • Comisión de apertura
  • Seguros vinculados
  • Gastos de comprar un vivienda, como los de gestoría, notaría e impuestos
  • Gastos de cancelación
  • Gastos por cambiar una hipoteca de banco

Sentencias IRPH

Aqui puedes ver alguna de las sentencias ganadas por nuestros abogados IRPH

Sentencia 1

01/01/2021

Sentencia 1

01/01/2021

Sentencia 1

01/01/2021

Sentencia 1

01/01/2021

Sentencia 1

01/01/2021

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