El pasado día 13 de abril, se dictó sentencia sobre una comisión de apertura, la cuál ganamos. A continuación hablaremos más en detalle sobre esta sentencia y este caso en concreto.

En este caso, se estimó la demanda de dos consumidores, quiénes estuvieron asistidos por la letrada Fuensanta Cabrera Salinas, contra CaixaBank. El Juzgado de Córdoba encontró abusiva ciertas cláusulas de la comisión de apertura.

El Juzgado señala que «la entidad financiera no ha demostrado el exigible equilibrio entre la comisión de apertura y los servicios efectivamente prestados y gastos en los que haya incurrido», por lo que, se declaró la nulidad de la cláusula y obliga a devolver el importe efectuado ya que, además, no prueba que la entidad financiera hubiera advertido del contenido y del funcionamiento de la cláusula que le impone el pago de una comisión de apertura.

También fue declarada la abusividad de la cláusula que se establece su pago a cargo del consumidor, apoyándose en la Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de marzo de 2023 «los servicios relacionados con el estudio, la concesión o la tramitación del préstamo o crédito hipotecario u otros servicios similares, no forman parte del objeto principal del contrato»

El Tribunal no consideró que el consumidor deba de abonar una comisión de apertura por que «los servicios relacionados con el estudio, la concesión o la tramitación del préstamo o crédito hipotecario» que son el origen de dicha comisión no se prestan en beneficio del prestatario, sino que simplemente tratan de avaluar el riesgo de la operación para el banco.

Efectos de la sentencia sobre la comisión de apertura

El resultado de la demanda fue favorable para nuestros clientes. Se declaró la nulidad del apartado relativo a la comisión de apertura, se declaró también la nulidad sobre los intereses de demora de las escrituras de préstamo hipotecario. Se condenó a la entidad al pago de los intereses legales desde la fecha del pago de la comisión de apertura y, finalmente se condenó a la empresa demandada a el pago de las costas causadas en este procedimiento.

Sentencia 74-2023_Censurado

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