La Justicia está dando la razón a los afectados por el Cártel de los Coches. El caso se
inició en 2015 cuando la CNMC decidió multar a los principales fabricantes
automovilísticos por aliarse para intercambiar información. Debido a esto, aquellos
consumidores que compraron un coche entre el año 2006 y el 2013 pueden llegar a
corresponderles una indemnización en función del valor del vehículo.

Tras varios años de disputas legales, el Tribunal Supremos ha dictado varias
resoluciones dando la razón a los consumidores, obligando a los distintos fabricantes a
aportar esta recompensa económica.

Para saber si estamos entre los afectados por el cartel de coches solo tenemos que
saber la marca de nuestro vehículo y el año en el que se compró que debe estar entre
2006 y 2013, a continuación detallamos las marcas de los vehículos con sus fechas
correspondientes para que podáis saber si estais afectados por el cartel de coches:
 Alfa Romeo: febrero de 2006 a agosto de 2013
 Audi: febrero de 2006 a julio de 2013
 BMW: junio de 2008 a agosto de 2013
 Chrysler: abril de 2008 a julio de 2010
 Citroën: febrero de 2006 a julio de 2013
 Dacia: febrero de 2006 a julio de 2013
 Dodge: abril de 2008 a julio de 2010
 Fiat: febrero de 2006 a agosto de 2013
 Ford: febrero de 2006 a julio de 2013
 Honda: abril de 2009 a agosto de 2013
 Hyundai: marzo de 2010 a agosto de 2013
 Jeep: abril de 2008 a julio de 2010
 Lancia: febrero de 2006 a agosto de 2013
 Lexus: febrero de 2006 a agosto de 2013
 Mercedes Benz: marzo de 2010 a febrero de 2013
 Nissan: junio de 2008 a agosto de 2013
 Peugeot: febrero de 2006 a julio de 2013
 Renault: febrero de 2006 a julio de 2013
 Sear: febrero de 2006 a julio de 2013
 Toyota: febrero de 2006 a agosto de 2013

¿Cómo reclamar el cártel de coches?

El cartel de vehículos se puede reclamar de forma individual o colectiva, habría que
presentar una reclamación a la marca del vehículo, se puede hacer por correo
electrónico o presencial, y para ello necesitamos aportar imprescindiblemente la
factura o contrato de compraventa con la marca, también será necesaria la ficha
técnica y permiso de circulación del vehículo.

El porcentaje que se reclama se sitúa entre un 5% y un 15% del valor del coche, a
ello hay que sumarle los intereses legales.